El hombre habría mantenido relaciones sexuales con la menor aún conociendo la edad de esta
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una pena de ocho años de prisión para un hombre acusado de mantener relaciones sexuales consentidas con una menor de 15 años en Oviedo. La vista oral se celebró este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, y ha quedado vista para sentencia. Según el escrito de acusación, los hechos ocurrieron el 14 de octubre de 2023, cuando el procesado, nacido en Perú en 1991, recogió a la menor, de 15 años en ese momento, tras recibir una llamada en la que ella le pedía ayuda porque no quería volver a casa después de suspender un examen. El acusado, que conocía a la familia de la menor por vínculos personales, la llevó a su domicilio en Oviedo.
Allí, según la Fiscalía, ambos cenaron juntos y, alrededor de las 21:30 horas, comenzaron a besarse y mantuvieron relaciones sexuales, a pesar de que el acusado conocía la edad de la menor. Al día siguiente permanecieron juntos hasta la tarde, momento en el que el acusado se enteró de que la familia de la menor había presentado una denuncia y decidió marcharse. La menor relató los hechos a unos familiares antes de regresar a su domicilio. El Ministerio Fiscal indica que, aunque no se ha detectado un sufrimiento psicológico significativo, sí existe constancia de un impacto emocional negativo, teniendo en cuenta la edad e inmadurez de la joven.
Por auto judicial del 17 de octubre de 2023, se impuso al acusado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la menor, de su domicilio, centro de estudios, lugares de ocio u otros frecuentados por ella, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años, de acuerdo con los artículos 181.1 y 4, y 192.1 y 3 del Código Penal.
Además de los ocho años de prisión, el Ministerio Público solicita otras penas accesorias: la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, prohibición de acercamiento y comunicación con la menor durante diez años, cinco años de libertad vigilada tras la salida de prisión, inhabilitación especial durante cuatro años para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, y trece años y un día de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores. También solicita el abono de las costas procesales y, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 5.000 euros a la menor por daños morales.