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El Real Oviedo tendrá que jugar ante el Rayo para llevarse los tres puntos

Redacción por Redacción
26/02/26
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El Comité Nacional de Segunda Instancia revoca la resolución que declaraba ineficaz la suspensión del encuentro en Vallecas y respalda la competencia organizativa de LaLiga. El partido se jugará el próximo miércoles

El conflicto jurídico en torno al partido entre el Rayo Vallecano y el Real Oviedo, correspondiente a la jornada 23 de LaLiga EA Sports, ha dado un nuevo giro. El Comité Nacional de Segunda Instancia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha declarado la nulidad de la resolución dictada el pasado 19 de febrero por el Juez Único de Competiciones Profesionales y ha determinado que el encuentro se dispute el próximo 4 de marzo, tal como había programado LaLiga. La decisión del órgano federativo, adoptada por unanimidad, estima los recursos presentados por el Rayo Vallecano, el Real Oviedo y LaLiga contra el fallo de primera instancia. En aquel pronunciamiento, el Juez Único había considerado que LaLiga carecía de habilitación normativa para suspender el partido previsto inicialmente para el 7 de febrero en el Estadio de Vallecas, aplazado horas antes de su inicio por el estado del terreno de juego.

El núcleo de la polémica radica en la delimitación de competencias entre la patronal del fútbol profesional y la federación. El Juez Único sostuvo que la suspensión de un encuentro constituye un acto de naturaleza técnico-deportiva cuya competencia corresponde al ámbito federativo, diferenciándola de la potestad organizativa sobre el calendario. En consecuencia, declaró ineficaz la decisión adoptada por LaLiga y dejó sin efecto la fecha del 4 de marzo. Sin embargo, en segunda instancia, el Comité Nacional de la RFEF ha concluido que la federación no tiene competencia para revisar o declarar la ineficacia de decisiones adoptadas por LaLiga en materia de suspensión, aplazamiento y fijación de fechas de los partidos de las competiciones que organiza. La resolución fundamenta su criterio en la sentencia firme dictada el 18 de diciembre de 2024 por la Sala Sexta de la Audiencia Nacional, subrayando la obligatoriedad de acatar las decisiones judiciales firmes en un Estado de Derecho. En su argumentación, el Comité recuerda que la discrepancia con el contenido de una resolución judicial no exime de su cumplimiento y que el marco competencial vigente atribuye a LaLiga facultades en el ámbito organizativo de sus competiciones.

El origen del aplazamiento

El partido entre el Rayo Vallecano y el Real Oviedo no llegó a disputarse el 7 de febrero debido al mal estado del césped del Estadio de Vallecas, circunstancia que generó quejas públicas desde el entorno del club madrileño por motivos de seguridad. LaLiga acordó entonces la suspensión y fijó como nueva fecha el 4 de marzo a las 19.00 horas. El Real Oviedo presentó reclamación al considerar que no concurría causa de fuerza mayor y que existían alternativas reglamentarias, como la utilización de un campo alternativo previamente designado. La resolución inicial del Juez Único estimó parcialmente esa tesis, pero la decisión ha quedado ahora sin efecto tras el pronunciamiento en segunda instancia.

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